Se conceden hasta 7.000€ para impulsar la mejora de la competitividad mediante inversiones relacionadas directamente con el negocio.
Gastos subvencionables: Equipos informáticos, portátiles, móviles, tablets, ordenadores de sobremesa, servidores, etc.
Cuantía de las ayudas: 60% de la actividad a subvencionar con un límite máximo de 7.000€ de ayuda.
¿A quién va dirigido? Sólo para autónomos y empresas en Galicia
- Personas autónomas:
- Deben estar registradas en el RETA o en otros regímenes especiales de seguridad social, con domicilio fiscal en Galicia.
- Requisitos:
- Más de 42 meses de actividad continua.
- Ingresos anuales inferiores a 50,000 euros en 2023.
- Facturación mínima de 12,000 euros anuales (IVA incluido) en 2023.
- Sociedades:
- También deben tener domicilio fiscal en Galicia y cumplir ciertos requisitos.
- Requisitos:
- Una persona autónoma con más de 42 meses de actividad continua.
- Facturación mínima de 12,000 euros anuales (IVA incluido) en 2023.
- Base imponible en el impuesto de sociedades menor a 50,000 euros en 2023.
- Personas autónomas:
Excepciones: No pueden acceder al bono:
- Autónomos colaboradores o familiares que trabajen para otros autónomos.
- Administradores de sociedades, a menos que tengan participación significativa en la sociedad.
- Aquellos que ya hayan recibido el bono en convocatorias anteriores (2020-2024).
En resumen: Ahórrate un 60% con la ayuda de la Xunta de Galicia a partir del 24/01/2025
El bono está diseñado para apoyar a autónomos y sociedades que cumplan con ciertos criterios de antigüedad y rentabilidad, siempre que su actividad esté en Galicia.
Proceso de Solicitud en Xunta de Galicia, sede electrónica
- Presentación: https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR341Q
- Forma de presentación: Las solicitudes deben hacerse de manera electrónica. Si alguien presenta su solicitud en persona, se requerirá que la presente también electrónicamente.
- Identificación: Para presentar la solicitud electrónicamente, se puede usar cualquier método de identificación admitido, como el sistema de usuario y Chave365.
- Aceptación: Al presentar la solicitud, se acepta cumplir con las condiciones de la ayuda.
- Única solicitud: Solo se puede presentar una solicitud por persona o sociedad. Si se presenta otra, se considera que se desiste de la anterior, a menos que ya haya sido resuelta.
- Declaración responsable: En la solicitud, se debe declarar:
- Las ayudas solicitadas y si se han recibido otras.
- Que toda la información proporcionada es cierta.
- No estar inhabilitado para recibir ayudas.
- Estar al día con las obligaciones de reintegro de subvenciones.
- Conocer que la ayuda está cofinanciada.
- Tener la capacidad para cumplir con las condiciones de la ayuda.
- Desistimiento: Si el solicitante se da de baja en el RETA antes de la resolución, se considera que desiste de la solicitud.
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud: Presentar el modelo normalizado.
- Poder de representación: Si se actúa en nombre de otro, se necesita un poder adecuado.
- Facturas: Incluir facturas del período subvencionable, con un mínimo de 100 €.
- Documentación financiera: Justificantes de ingresos y facturación de 2023.
- Certificados: Pueden ser necesarios certificados de mutualidad, de participación en la sociedad, entre otros.
Comprobación de datos
- La administración puede consultar automáticamente varios documentos (DNI, vida laboral, certificados de obligaciones, etc.) a menos que el solicitante se oponga y presente los documentos requeridos.
Trámites posteriores
- Todos los trámites administrativos tras la solicitud deben realizarse electrónicamente a través de la Carpeta cidadá en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Dónde solicitar la subvención:
Las solicitudes para el bono deben hacerse electrónicamente y presentar toda la documentación requerida, asegurando que se cumplan las condiciones estipuladas. Solo se acepta una solicitud por persona o sociedad, y hay un proceso de verificación de datos que facilita la gestión.
Para más información consultar en. https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR341Q